La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general N° 5577, la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado, más conocido como blanqueo laboral.
Este régimen, creado en la Ley Bases y complementado por el Decreto 847 -que reglamentó todos los capítulos laborales de la norma- tiene como objetivo principal la regularización de relaciones laborales no declaradas o deficientemente registradas y se centra en brindar incentivos a los empleadores para que avancen por ese camino, con trabajadores que hayan iniciado relaciones laborales antes del 5 de julio de 2024. Según indicó la AFIP, el régimen entrará en vigencia el próximo lunes 30 de septiembre.
El Régimen de Promoción del Empleo Registrado otorga importantes beneficios a los empleadores del sector privado que decidan adherir. Quienes regularicen a sus empleados antes del 24 de diciembre de 2024 podrán acceder a una condonación parcial de la deuda acumulada por la falta de aportes y contribuciones a los sistemas de seguridad social. Este régimen busca facilitar la regularización de relaciones laborales actuales, así como corregir irregularidades en la fecha de inicio o en la remuneración de los empleados, garantizando que sean registrados correctamente.
Los beneficios se extienden también a empleadores cuyas irregularidades hayan sido constatadas mediante actas de inspección aún no canceladas o que se encuentren en disputa en procesos administrativos, contencioso-administrativos o judiciales.
La condonación de las deudas varían, según el tamaño de la empresa. Según dispuso el organismo recaudador, los porcentajes según sean micro, pequeñas, medianas o grandes serán los siguientes:
- Las Micro y Pequeñas Empresas (MiPyMEs) y las entidades sin fines de lucro podrán beneficiarse de una condonación del 90% de la deuda.
- Las medianas empresas recibirán una condonación del 80% de la deuda.
- Las grandes empresas tendrán acceso a una reducción del 70% de la deuda.
Estos porcentajes de condonación se aplicarán a las deudas relacionadas con los siguientes subsistemas de seguridad social:
- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
- Régimen Nacional de Obras Sociales.
- Fondo Nacional de Empleo.
- Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Además de la reducción de deuda, aquellos empleadores que se acojan al régimen tendrán la oportunidad de regularizar su situación fiscal y laboral, evitando sanciones adicionales y multas.
Uno de los aspectos más favorables del nuevo régimen es la condonación total de deudas relacionadas con los aportes al Sistema Nacional de Seguro de Salud (incluyendo el Fondo Solidario de Redistribución) y a las contribuciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo. Esto representa un alivio significativo para los empleadores, que podrán ponerse al día sin tener que hacer frente a estas obligaciones acumuladas.
Otra ventaja clave del Régimen de Promoción del Empleo Registrado es la posibilidad de que los empleadores que adhieran al programa sean eliminados del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), un registro público que incluye a las empresas sancionadas por incumplir la normativa laboral. Ser eliminados de este registro les permite a las empresas restablecer su reputación y acceder a ciertos beneficios, tanto en el ámbito comercial como financiero.
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