Los representantes del Ministerio Público Fiscal, Diego Luciani y Sergio Mola, retomaron la ofensiva judicial contra la exmandataria al solicitar al tribunal que le impida asomarse al frente del edificio donde cumple arresto domiciliario. La medida, que busca evitar manifestaciones masivas en el exterior de su residencia, incluye una velad advertencia sobre la posible pérdida del beneficio que le permite permanecer fuera de una unidad penitenciaria.
En un nuevo capítulo de la tensión entre el poder judicial y la vicepresidenta condenada, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola volvieron a tomar la iniciativa en la causa Vialidad para exigir al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 restricciones puntuales sobre el cumplimiento de la pena que actualmente afronta Cristina Fernández de Kirchner. El pedido, presentado en las últimas horas, tiene como eje central impedir que la ex jefa de Estado utilice el balcón de su departamento en San José 1111 como espacio de contacto con sus simpatizantes, un punto que los acusadores consideran una provocación al orden público y una distorsión de las condiciones bajo las cuales se le otorgó el arresto domiciliario.
La movida de los fiscales se produce en un contexto políticamente sensible, apenas días después de que la exmandataria protagonizara una nueva jornada de visibilidad masiva durante una declaración judicial en el marco de la causa Cuadernos, a la que se sumó la multitudinaria convocatoria registrada el pasado 24 de marzo, fecha en la que el kirchnerismo volvió a copar las calles con una demostración de respaldo que no pasó desapercibida en los despachos judiciales. Fue ese escenario, según se desprende del escrito presentado, el que motivó a Luciani y Mola a redoblar la apuesta y poner sobre la mesa un pedido que trasciende lo simbólico: la posibilidad de que el tribunal revoque la prisión domiciliaria y ordene el traslado de la condenada a una cárcel común.
El texto elevado al tribunal, de nueve carillas, no se limita a solicitar la clausura fáctica del balcón, sino que apunta directamente al corazón del beneficio que la ex presidenta obtuvo en junio del año pasado. “Exhorte a la condenada, Cristina Fernández, para que, en lo sucesivo adopte las medidas que estime corresponder a los efectos de evitar situaciones que alteren el orden público y la seguridad como las que han sido descriptas, bajo apercibimiento de serle revocado el beneficio concedido”, advierte el documento en un pasaje clave. Con esa redacción, los fiscales introducen una suerte de ultimátum judicial que coloca en manos del tribunal la responsabilidad de definir si las manifestaciones de apoyo frente a su domicilio constituyen una violación implícita de las condiciones bajo las cuales se le otorgó la prisión domiciliaria.
Los fiscales encontraron en los propios fundamentos del TOF 2 un punto de apoyo para su embate. Aquella resolución de junio, firmada por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, si bien concedió el arresto domiciliario por razones vinculadas a la seguridad personal de la ex mandataria, estableció condiciones que Luciani y Mola consideran no han sido debidamente observadas. Entre ellas, la exigencia de abstenerse de adoptar comportamientos que pudieran “perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”, una cláusula que los acusadores entienden que fue desbordada por las reiteradas apariciones de la condenada en el balcón, convertido en un punto de reunión espontánea y organizada de sus seguidores.
Aquel fallo había sido, en su momento, particularmente riguroso con Fernández de Kirchner, ya que además de imponer el uso de una tobillera electrónica como mecanismo de control, restringió el caudal de visitas que podía recibir en su departamento, una medida que los jueces justificaron en la necesidad de evitar cualquier situación que pudiera interpretarse como un privilegio en el cumplimiento de la pena. Sin embargo, para los fiscales, esas restricciones resultaron insuficientes frente a la magnitud de las convocatorias que se sucedieron en los meses posteriores, las cuales a su juicio transformaron el arresto domiciliario en una suerte de escenario político de difícil compatibilidad con los fines de la condena.
Luciani y Mola ya habían manifestado su disconformidad con la concesión del beneficio en su momento, cuando apelaron la resolución del TOF ante la Cámara Federal de Casación Penal. En aquella oportunidad, sostuvieron con firmeza que “la pena de prisión debe cumplirse dentro de un establecimiento penitenciario” y cuestionaron que la situación de la ex presidenta —quien tiene 72 años y fue víctima de un intento de homicidio en 2022— implicara un “trato desigual” en comparación con otros condenados por delitos de corrupción. Aquel reclamo no prosperó en su momento: en julio, la sala de Casación integrada por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña confirmó la prisión domiciliaria, aunque dejó abierta la puerta a una eventual modificación del lugar de reclusión “a fin de preservar la tranquilidad pública y la paz social”.
Es precisamente esa última puerta la que ahora los fiscales buscan forzar con su nueva presentación. Al retomar el hilo de aquel pronunciamiento de Casación, Luciani y Mola intentan demostrar que el escenario de orden público se ha visto alterado en reiteradas oportunidades y que, por lo tanto, corresponde activar el mecanismo de revocación que los propios camaristas dejaron como posibilidad latente. La estrategia, en ese sentido, es doble: por un lado, se busca cerrar el balcón como espacio de exposición pública; por el otro, reinstalar en el centro del debate judicial la necesidad de que la condenada cumpla su pena en una cárcel común, tal como lo habían reclamado desde el inicio.
La presentación de los fiscales llega en un momento particularmente delicado para el gobierno nacional, que en los últimos días ha visto cómo el foco mediático y judicial se posaba sobre dos frentes sensibles: la causa que involucra al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la investigación por la criptoestafa de Libra, en la que se encuentran bajo la lupa el presidente Javier Milei y su hermana y secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. En ese tablero, la ofensiva judicial contra Cristina Kirchner actúa como un contrapunto que reconfigura las alineaciones políticas y recoloca en la agenda pública la figura de la ex mandataria, al tiempo que enfrenta al oficialismo con la necesidad de pronunciarse sobre un expediente que en el pasado supo ser bandera de sus críticas contra la corrupción.
El escrito de nueve páginas, al que tuvo acceso este diario, despliega una argumentación que combina citas textuales de las resoluciones previas con una descripción pormenorizada de los eventos que, según los fiscales, evidencian un incumplimiento de las condiciones impuestas. Luciani y Mola subrayan que las concentraciones en las inmediaciones de San José 1111 no solo implican una afectación a la convivencia vecinal, sino que también convierten el arresto domiciliario en un régimen de excepción que contradice el principio de igualdad ante la ley. “No se trata de coartar derechos políticos o de expresión, sino de garantizar que el cumplimiento de una condena firme no se transforme en una plataforma de proselitismo que altere el orden público”, sostienen los fiscales en uno de los tramos centrales de su presentación.
El tribunal deberá ahora resolver si acepta la exhortación formulada por la Fiscalía y si, en consecuencia, intima a la ex presidenta a modificar su comportamiento bajo apercibimiento de revocarle el beneficio. La decisión, cualquiera sea su sentido, no hará más que profundizar la judicialización de la política que atraviesa al país y reabrirá un debate sobre los límites entre el cumplimiento de una pena y el ejercicio de la militancia, en un caso que desde su origen ha estado signado por la excepcionalidad y la controversia. Mientras tanto, el balcón de San José 1111 permanece como un símbolo en disputa, a la espera de que la justicia defina si debe ser clausurado para siempre o si, por el contrario, sigue siendo un espacio legítimo de expresión política, aunque su propietaria se encuentre cumpliendo una condena en su propio domicilio.
