El juzgado electoral rechazó el pedido de Calisaya por las listas espejo

El juzgado electoral rechazó el pedido de Calisaya por las listas espejo

La jueza electoral  interina, Mariel Zanini, rechazó la impugnación interpuesta por el Concejal de Río Grande contra del fallo que prohíbe las listas espejo. “Lo confuso para el votante es la falta de claridad respecto de las propuestas de las distintas agrupaciones por las que esos idénticos candidatos se presentan, generando desinformación y desconcierto, afectando claramente la elección libre y genuina del electorado”, detalla el fallo.

 La jueza interina con competencia electoral, Mariel Zanini, rechazó el recurso de reposición (reconsideración)  formulada por el concejal  de Río Grande y apoderado del Partido encuentro por la democracia y la equidad,  Javier Calisaya, junto al apoderado de FORJA; contra la resolución de la propia Zanini que prohibió la presentación de listas espejo en las próximas elecciones.

Según expresó la magistrada en su fallo es inadmisible  “el ejemplo de las elecciones provinciales y municipales del año 2019 en las que, para el estamento de Gobernador y Vicegobernador, se mostraban 17 boletas con distintos sellos partidarios, pero tan sólo tres fórmulas eran la oferta electoral real”.

Según argumentó la Dra. Zanini “lo confuso para el votante es la falta de claridad respecto de las propuestas de las distintas agrupaciones por las que esos idénticos candidatos se presentan, generando desinformación y desconcierto, afectando claramente la elección libre y genuina del electorado”.

El fallo además desestimó enteramente que esta prohibición viole  la libertad de los partidos políticos y enfatizó en que el respeto por el orden constitucional incluye a “las leyes () que en su consecuencia se dicten”, aludiendo al artículo 31 de la Constitución Nacional.

Sin perjuicio de ello, Zanini concedió el recurso de apelación, que deberá ser resuelto por la Sala Civil de la cámara de apelaciones del Distrito Judicial Sur compuesta por los jueces r. Aníbal Gerardo Acosta , el Dr. Daniel Alejandro Sack y el Dr. Alejandro Sergio Manuel Fernández.

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