“Exención del Impuesto a las Ganancias en Tierra del Fuego según el Decreto 652 de la Nación”

“Exención del Impuesto a las Ganancias en Tierra del Fuego según el Decreto 652 de la Nación”

El Decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial, confirma que los trabajadores de Tierra del Fuego estarán exentos del impuesto a las Ganancias. Según lo establecido en el artículo 5°, se especifica que ciertos ingresos no estarán sujetos a este impuesto, de acuerdo con la Ley N° 19.640 y su normativa complementaria.

Además, el decreto señala que los ingresos adicionales por servicios prestados en la Antártida Argentina no se verán afectados por las regulaciones que pudieran imponer obligaciones fiscales, ya que se consideran dentro de las deducciones permitidas por la ley.

Este anuncio llega tras un periodo de incertidumbre, donde representantes locales, como el director de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), manifestaron su preocupación por posibles cambios en la legislación que podrían gravar a los trabajadores de la provincia. En específico, se mencionaron comentarios de funcionarios nacionales sobre la falta de claridad en ciertos artículos de la reciente Ley Bases, lo que generó inquietud y llevó a promesas de modificar el texto legal.

Asimismo, el gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melella, reiteró su disposición de acudir a la Justicia para proteger los intereses de los habitantes de la provincia si se trataba de implantar el impuesto.

Con la aclaración del Decreto 652/2024, se busca poner fin a la controversia y garantizar que los trabajadores de Tierra del Fuego no enfrentarán esta carga impositiva.

Cómo se reglamentó la Ley

Tal como detalla el Decreto 652/2024 se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $1.5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos) votada. Un millón de trabajadores volverán a pagar el tributo.

Era una de las medidas pendientes luego de que salieran las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.

Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.

Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julioCon esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5 y el 35%.

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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