Uber: Tavarone destacó que el fallo de la Justicia reconoce el derecho constitucional a comerciar

Uber: Tavarone destacó que el fallo de la Justicia reconoce el derecho constitucional a comerciar

«Lo que hace este fallo, en principio, es reconocer lo que veníamos sosteniendo cuando presentábamos proyectos para habilitar las plataformas, de que el derecho a comerciar y a transitar es un derecho constitucional de jerarquía superior», aseguró el concejal de Ushuaia en diálogo con FM La Isla respecto al fallo de la Justicia que revocó las resoluciones sobre las multas a quienes usaran plataformas digitales para trabajar y transportarse.

La Justicia falló a favor de los conductores de Uber y revocó algunas de las multas que se habían llevado adelante por utilizar la plataforma para transportar pasajeros, penada por una Ordenanza municipal.

Al respecto, habló con FM La Isla el concejal de Ushuaia Valter Tavarone:
“Hay varias cuestiones, en primer lugar, este fallo es consecuencia de la interposición de recursos de apelación sobre faltas que fueron impuestas a conductores de las plataformas digitales, en base a que había dos ordenanzas que prohibían el uso de estos medios”.

“El fallo declara inconstitucional las Ordenanzas y la nulidad absoluta las infracciones mediante las cuales se llevó en vía de apelación a la instancia judicial. En función de eso, se aplica estrictamente a aquellos casos en que hubo reclamos, ya que no son extensivos a todos los casos similares que se hayan producido”, puntualizó el edil.

“Desde el punto de vista de la Carta Orgánica de la ciudad de Ushuaia, -explicó Tavarone-, una de las facultades que tiene la municipalidad de la ciudad es ejercer el control de policía en materia de transporte urbano dentro de la jurisdicción del ejido urbano de Ushuaia. Eso abarca todos los sistemas de transporte, puntualmente taxis y remises”.

“Lo que hace este fallo, en principio, es reconocer lo que veníamos sosteniendo cuando presentábamos proyectos para habilitar las plataformas, de que el derecho a comerciar y a transitar es un derecho constitucional de jerarquía superior. Como así también el contrato de transporte de pasajeros es un contrato regulado por el Código Civil y Comercial de la nación es de naturaleza privada, desde ese punto de vista se afecta el derecho a trabajar de cualquier ciudadano. Si reunimos estas tres normas de rango superior, ninguna disposición inferior como la Ordenanza municipal puede imponerse”, sentenció el concejal.  

Tavarone saltó con los tapones de punta y dijo sobre las plataformas: “No se puede negar la realidad o tapar el sol con un dedo, no debemos depender de los caprichos de un intendente que por tener vínculo con determinado sector está empeñado en sostener a rajatabla una prohibición que no se sostiene”, denunció.

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