“Lo que no se cobró, no puede venir todo junto en la factura de septiembre”

“Lo que no se cobró, no puede venir todo junto en la factura de septiembre”

El Dr. Juan Vicente, secretario del Juzgado Federal de Río Grande, habló con FM La Isla respecto al fallo que revocó la cautelar que suspendía los aumentos de la tarifa de gas y el corte del servicio en la provincia.

En diálogo con FM La Isla, el Dr. Juan Vicente, secretario del Juzgado Federal, habló respecto al fallo que revocó la cautelar que suspendía los aumentos de tarifa de gas y el corte del servicio que había determinado la jueza Mariel Borruto.

“En principio, estamos en una instancia cautelar. Esta es una medida que tomó la jueza al inicio del proceso, porque consideraba que era una causa compleja con tratamiento dificultoso”, comenzó explicando el secretario del Juzgado Federal.

“La cámara decidió que para tomar esta medida preventiva hasta que se resuelva el fondo de la cuestión, no era imprescindible retrotraer los aumentos, sino simplemente impedir los cortes de suministro. Ahora resta ver si las partes, en este caso el Estado provincial, en su estrategia litigiosa apela esta decisión”, agregó.

“Quien decide si esta medida es apelable es la Cámara de Apelaciones”, explicó el Dr. Juan Vicente. “En este caso, la Cámara deberá ver, si la decisión es apelable o no, en caso de hacerlo con qué efecto la concede. Si suspendiendo su decisión o haciendo un efecto devolutivo, es decir que con una sentencia contradictoria se podría modificar”.

Mientras en Tierra del Fuego se  vuelve a los valores originales, se produjeron aumentos de tarifa, pero el consumo se hacía sobre una tarifa vigente: “Por lo que ha dispuesto la Cámara deberían pagarse todos los aumentos que han sido dispuestos por la secretaría de Energía y ENARGAS, lo único que dijo al respecto la Cámara de Apelaciones es que no se podían aplicar los retroactivos de los montos que no habían sido incorporados como aumentos en las actualizaciones anteriores, en la próxima factura”, señaló el letrado.

“Es decir, en la próxima facturación del usuario no se le puede cobrársele, además del aumento, los retroactivos que no se pagaron por decisión de la jueza”, aclaró. “Lo que no se cobró, no puede venir todo junto en la factura de septiembre, pero la Cámara no dice de qué manera tendrá que cobrarse”.

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