PEOR EL REMEDIO QUE LA ENFERMEDAD ¿ALGUIEN SE PUEDE SORPRENDER?

PEOR EL REMEDIO QUE LA ENFERMEDAD ¿ALGUIEN SE PUEDE SORPRENDER?

Ing. Agustìn Borthiry (*)
Por el Ing. Agustín Borthiry (*)

Aumento de los casos de sífilis. Ley de prohibición de la prostitución en Tierra del Fuego. ¿Logró la ley cumplir con sus objetivos? Algunas reflexiones y propuestas.

Noticia que inquieta y preocupa

En los últimos días una noticia difundida por varios medios de comunicación nos ha llamado la atención a muchos fueguinos.

La noticia es la siguiente:

La sífilis es la infección sexual que encabeza el ranking en Tierra del Fuego”, de acuerdo a declaraciones de la Dra. Diana Bernal, del Programa de VIH e Infección de Transmisión Sexual (I.T.S.) de la Provincia, a un medio de comunicación de nuestra ciudad. Noticias similares se han difundido en diversos portales fueguinos.

Según esa noticia, en el último tiempo hubo un incremento del 30% en la infección, sobre todo en mujeres de 15 y 38 años, de acuerdo al resultado de consultas ginecológicas, contabilizando en la actualidad 151 casos en nuestra Provincia. También, aunque en menor medida hubo un aumento en la transmisión de VIH.

Además, se debe tener en cuenta que ha disminuido el envío de profilácticos por parte del Estado Nacional, y aunque la Provincia ha realizado compras de preservativos, estas son limitadas, y la disponibilidad no es la misma que se tenía con anterioridad, de acuerdo a lo expresado por la Dra. Bernal.

Este crecimiento de los casos se da en el marco de un incremento también en el mundo, y dicho aumento se está observando en varios países a partir del año 2020. De acuerdo a declaraciones del Dr. Juan Petrina, del Ministerio de Salud de la Provincia, son muchas las infecciones de transmisión sexual que están aumentando, aunque no en la medida del crecimiento de los casos de sífilis. Esto se debe, de acuerdo a las palabras del médico, a la falta de información, y la falta de uso del preservativo, por lo que la cifra de contagios se ha duplicado en los últimos 10 años.

A esto debemos sumarle que desde el año 2014, en que se sancionó la ley que prohíbe en toda la Provincia el funcionamiento de locales en donde se facilite o promueva la oferta sexual, como si esto solucionara el problema de la prostitución, no se efectúan los controles habituales, que hasta ese momento se realizaban las personas que ejercían esas actividades, a través de la “Libreta sanitaria”, por parte del Estado, ya sea municipal o provincial, y por lo tanto se ha perdido la posibilidad de poder tener intervenciones y registros de tal actividad.

Es decir, que en los últimos años, el Estado se ha retirado de la prevención y del control de estas actividades, que son las principales causantes de la propagación de las Infecciones de Transmisión Sexual (I.T.S.).

Ante esta situación actual, ¿a quién puede sorprender el aumento de los casos de sífilis? Pareciera ser la profecía autocumplida.

Sobre la Ley 983/2014 y sus repercusiones

El 16/06/2014 se promulgó la Ley Nº 983, que había sido sancionada el 03/06/2014, denominada “Provincia de Tierra del Fuego: Prohíbase la instalación de whiskerías, cabaret, clubes nocturnos, boites o establecimientos de alterne”.

En su Artículo Nº 1, la misma decía que, “Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, modalidad o denominación de manera ostensible o encubierta de whiskerías, cabaret, clubes nocturnos, boîtes o establecimientos y/o locales de alterne.

En otros artículos la ley especifica varios puntos, a saber:

  • Dispone la clausura de los locales antes indicados.
  • Define lo que entiende por whiskería, cabaret, club nocturno, boîte o establecimiento y/o local de alterne.
  • Establece que se deben resguardar de manera integral los derechos de las personas que se encuentren en dichos lugares ejerciendo la prostitución de manera voluntaria, indicando que la Autoridad de Aplicación proveerá protección y contención a dichas personas.
  • Se crea la “Comisión Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y de Contención y Recuperación de Víctimas de la Explotación Sexual”.
  • Incorpora como contenido curricular en las escuelas provinciales los “aspectos que hacen a la trata de personas y los medios de prevención para no resultar víctimas de ese flagelo”.

Previamente a la promulgación de la Ley Nº 983, el 24 de abril de 2014, la Legislatura Provincial había sancionado por unanimidad un Proyecto de Ley de similares características, que el Poder Ejecutivo Provincial, mediante el Decreto Nº 1154/2014, vetó parcialmente en su Artículo Nº 2, sobre la Autoridad de Aplicación, previa intervención de los estamentos provinciales correspondientes, y devolvió a la Legislatura a fin de su tratamiento. La Legislatura Provincial, mediante la Resolución Nº 112/2014, aceptó el veto parcial, introdujo las modificaciones correspondientes, y finalmente sancionó esta ley en junio de 2014.

Muchas fueron las repercusiones que tuvo la sanción de esta ley, que había sido promovida por iniciativa del legislador del Movimiento Popular Fueguino, Jorge Lechman. Entre ellas, las del fiscal federal de Río Grande, Marcelo Rapoport, en la publicación Fiscales.gob.ar y bajo el título de “Tierra del Fuego: sancionaron una ley que prohíbe los prostíbulos”, que consideró a la sanción de la ley por unanimidad como un “símbolo de madurez política” y como un paso para cumplir con los tratados internacionales sobre trata de personas a los que Argentina adhirió. También, en la misma publicación, tuvo palabras elogiosas el Procurador de Trata de personas y Secuestros Extorsivos, Marcelo Colombo, haciendo varias consideraciones al respecto, como que la trata de personas “Resulta una práctica que genera violencia, discriminación y vulneración de los derechos humanos de la mujer”.

Por otro lado, las trabajadoras sexuales, a través de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR), expresaron su rechazo a la medida “entendiendo que esta norma sólo criminaliza y vulnera derechos de las trabajadoras sexuales, llevando la situación a una mayor clandestinidad” y exponiendo a las trabajadoras a una mayor vulneración de sus derechos, de acuerdo a la publicación en un medio local.

También se debe recordar que el senador nacional Osvaldo López, en julio de 2013, había presentado un proyecto de ley en el Senado Nacional, en el que proponía regular el trabajo sexual autónomo. Indicaba que para habilitar el ejercicio de esa actividad, se debía estipular un curso con contenidos básicos de derecho y salud; que el trabajador o la trabajadora sexual gozara de los mismos derechos y obligaciones de cualquier trabajador o trabajadora; especificaba al trabajo sexual como una actividad voluntaria y autónoma; creaba dentro del Ministerio de Trabajo una Oficina Nacional de Protección al Trabajo Sexual; que estas mejores condiciones para el sector contribuirán a disminuir los índices de incidencia del VIH y otras enfermedades de transmisión sexual, y además permitía que las personas que ejercieran el trabajo sexual puedan llevar una existencia digna, y a la vez esta ley sería una herramienta para la lucha contra la trata de personas. Este proyecto de ley fue apoyado por la Asociación AMMAR, acompañando la iniciativa del entonces senador López.

Algunas preguntas

Ya han pasado más de 10 años de la sanción de la Ley Nº 983, y por lo tanto, se pueden hacer algunas preguntas para poder evaluar los resultados de la misma y si pudo lograr el cumplimiento de sus objetivos.

Por ejemplo, podríamos hacernos algunas de las preguntas siguientes:

  • ¿Se logró erradicar o disminuir la práctica de la prostitución de nuestra Provincia?
  • ¿Se logró prevenir y disminuir la propagación de enfermedades de transmisión sexual?
  • ¿Se logró disminuir la trata de personas y contener y recuperar a víctimas de explotación sexual?
  • ¿Se conformó la “Comisión Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y de Contención y Recuperación de Víctimas de la Explotación Sexual”? ¿Quiénes son sus integrantes? ¿Cuáles fueron los resultados de sus accionar?
  • ¿Se incorporaron en los contenidos curriculares de las escuelas provinciales los aspectos sobre trata de personas y de medios de prevención para evitar ser víctima de este flagelo? ¿Cuáles fueron los resultados obtenidos?

La respuesta a estas preguntas, en algunas de ellas es muy simple. Nadie puede afirmar seriamente que se logró disminuir o erradicar la práctica de la prostitución en nuestra Provincia. La diferencia es que ahora se ejerce clandestinamente y sin ningún tipo de control por parte del Estado.

El aumento de los casos de sífilis y de otras I.T.S., claramente responde a la segunda pregunta. Además, nadie puede afirmar taxativamente que se logró disminuir los casos de trata de personas para la explotación sexual en Tierra del Fuego.

Sobre la Comisión creada a través de esta ley, estuve averiguando sobre su existencia y su integración, pero no encontré ninguna novedad al respecto, y por supuesto, si existiera, se desconocen cuáles fueron sus resultados.

Lo mismo podríamos decir sobre la incorporación en las escuelas públicas de contenidos curriculares sobre el tema.

Lo que sí se puede afirmar, absolutamente, es que la sanción de la Ley Nº 983, no cumplió con sus objetivos, ya que convalidó el retiro del Estado del control y prevención de las actividades de explotación sexual, permitió la desprotección de los y las trabajadoras sexuales y, además, desprotegió a nuestra sociedad ante el avance de las infecciones por transmisión sexual.

Hoy solamente se actúa sobre las consecuencias del ejercicio de esta actividad, clandestina, y casi siempre judicializando los procedimientos, pero sin poder prevenir ni controlar la actividad y menos aún impidiendo la propagación de las enfermedades que surgen como consecuencia de esta práctica.

Pareciera que la sanción de la ley fuera un reconocimiento explícito por parte del Estado de la imposibilidad de cumplir con los controles sanitarios que permitieran proteger a los habitantes de nuestra Provincia de este tipo de problemáticas.

Y pensar que la sanción de la ley fue festejada por gran parte del espectro político de aquel momento, también por parte del Poder Judicial de la Provincia, y por gran parte de las llamadas “fuerzas vivas”. A Juzgar por los resultados, dichos festejos, eran como festejar el fracaso. El fracaso de un Estado que no puede cumplir con sus obligaciones.

Siempre habrá un mañana

Pero, como todo en la vida, se puede revertir y volver a retomar, en base a los resultados, el tratamiento de estas temáticas que son claves para la salud de nuestra sociedad y crear las herramientas necesarias para que tengamos un Estado presente que, mediante políticas sanitarias claras, se encargue de proteger a la sociedad.

Entiendo que estamos a tiempo de retomar la ley, tratar de modificarla y buscar las mejores alternativas para su reformulación. Además, podemos aprovechar que algunos legisladores, como Jorge Lechman y Damian Löffler, que participaron en la sanción de la Ley Nº 983 en 2014, todavía siguen en funciones, por lo que podrían reformularla y proponer los cambios que se consideren necesarios para que el Estado retome el control de esta política sanitaria, no solamente mediante la entrega de preservativos, brindando información adecuada a la comunidad y otras acciones, sino también llevando a cabo tareas de control sanitario, de prevención en esta actividad y de protección de las personas que la ejercen, ofreciendo un Estado que se hace cargo de sus responsabilidades.

Si esto se lograra, podríamos afirmar, como lo dice el subtítulo, que siempre hay un mañana.

(*) Agustín Borthiry es Ing. Quimico (UNS) especializado en Gas (UBA) Jubilado, fue docente de la UTN, Participó en investigaciones en innovación educativa y ejerció la funcion pública dentro del Ministerio de Educación. Se define como Militante Peronista.

Fuentes: Infopatagoniaonline.com El Sureño, Radio Fueguina, El diario del fin del mundo, Fiscales.gob.ar, Infoley, Legislatura de Tierra del Fuego.

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