Un magistrado federal de Campana hizo lugar a un amparo y sentó un precedente crucial, ordenando al Estado la compensación financiera a prestadores y la actualización de aranceles, en una decisión que antecede a una sesión legislativa clave.
En un fallo de vasto alcance social y jurídico, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró este lunes la inconstitucionalidad del decreto del presidente Javier Milei que vetó la prórroga de la Emergencia en Discapacidad. La contundente resolución, emitida apenas cuarenta y ocho horas antes de que la Cámara de Diputados se reúna para tratar el rechazo a ese mismo veto, constituye un severo revés para la postura del Gobierno Nacional y robustece los argumentos de la oposición.
Desde el fuero judicial de Campana, González Charvay fundamentó su decisión en la primacía de los derechos fundamentales sobre las decisiones de ajuste fiscal. “El derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”, afirmó con énfasis en su sentencia. El magistrado subrayó la obligación inexcusable del Estado Argentino de “cumplir con los estándares constitucionales e internacionales que garantizan la protección integral de los grupos más vulnerables”.
La medida judicial surge como respuesta a un recurso de amparo interpuesto por los padres de dos niños con discapacidad, quienes solicitaron la nulidad del veto por considerarlo tanto inconstitucional como inconvencional. El fallo no se limita a una declaración de principios, sino que impone acciones concretas y urgentes al Poder Ejecutivo. Ordena la inmediata implementación de una compensación de emergencia, financiada con fondos del Tesoro Nacional, destinada a los prestadores de servicios del Sistema de Prestaciones Básicas. Dicha compensación debe cubrir la brecha entre el incremento de los aranceles oficiales y la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, desde diciembre de 2023 hasta fin de 2024.
Asimismo, la sentencia dispone una actualización retroactiva al 1 de enero de 2025 de todas las prestaciones del Nomenclador Básico y establece un innovador mecanismo de monitoreo judicial. Este sistema de supervisión permanente buscará garantizar el cumplimiento efectivo de las medidas, evaluar el impacto en la calidad de los servicios y disponer protecciones adicionales si fueran necesarias, asegurando así la continuidad de las terapias y tratamientos especializados.
Este pronunciamiento judicial redefine por completo el panorama de la sesión especial convocada para este miércoles en la Cámara de Diputados. En ella, los bloques opositores buscarán conformar los dos tercios necesarios para rechazar los vetos presidenciales no solo a la ley de discapacidad, sino también a la de jubilaciones. El fallo de Campana provee un sólido fundamento legal y moral a su postura, mientras que el oficialismo, que podría ratificar los vetos con apenas un tercio de los votos, se ve ahora compelido a actuar bajo la mirada atenta de la Justicia. La pulseada política ha escalado a una instancia superior, donde el Poder Judicial ha emitido un veredicto que obliga a todos los actores a responder.
