La Sala III de la Cámara Federal confirmó, con un fallo dividido, la caducidad del proceso que reclamaba a la expresidenta y otros condenados un resarcimiento de 22.300 millones de pesos. La mayoría consideró que el Estado, durante la actual gestión, abandonó el impulso de la acción legal.
En una decisión judicial de alto impacto, la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner quedó eximida de afrontar el pago de los 22.300 millones de pesos que el Estado nacional le reclamaba mediante una demanda civil por la causa Vialidad. La resolución, que constituye un revés para el gobierno actual, fue adoptada este 26 de septiembre por la Sala III de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, la cual confirmó la caducidad de la acción legal por falta de actividad procesal.
El fallo, que fue dividido, se produjo al corroborarse que la representación legal de Vialidad Nacional, durante la presente administración, no realizó acto alguno para impulsar el caso en el plazo establecido por la ley. Esta definición beneficia también al resto de los imputados que fueron condenados en el mismo proceso penal, donde se impuso a la exmandataria una pena de doce años de prisión, una sentencia que ha sido objeto de fuertes cuestionamientos por sectores políticos y jurídicos al considerar que carecía de pruebas concretas en su contra.
La demanda civil había sido iniciada en enero de 2018, durante la presidencia de Mauricio Macri, con el argumento de que el Estado debía ser resarcido por los supuestos perjuicios económicos ocasionados al patrimonio público durante la adjudicación y ejecución de obras viales en la provincia de Santa Cruz. No obstante, el equipo jurídico de Fernández de Kirchner sostuvo de manera insistente que el expediente había permanecido en una situación de letargo absoluto durante más de seis meses, un lapso que, de acuerdo con el Código Procesal Civil y Comercial, determina la extinción automática de cualquier proceso.
En primera instancia, el juez Marcelo dos Santos había hecho lugar a este planteamiento, aceptando que entre marzo de 2023 y abril de 2024 la representación del organismo oficial prácticamente había abandonado la causa. Frente a esta determinación, el actual titular de Vialidad, Marcelo Campoy, interpuso una apelación.
El caso llegó así a la Cámara, donde los jueces Juan Perozziello Vizier y Eduardo Daniel Gottardi, que conformaron la mayoría, ratificaron la decisión de Dos Santos. Los magistrados fundamentaron su postura al señalar que el último acto procesal con capacidad de impulsar la causa se registró el 17 de marzo de 2023, y que desde entonces no se había producido avance alguno por parte del demandante. En contrapartida, la jueza Florencia Nallar emitió un voto en disidencia, argumentando que dar por terminado un juicio de esta manera representa una medida extrema que debe aplicarse con sumo cuidado para evitar que se convierta en un «artificio tendiente a impedir un pronunciamiento sobre el fondo del pleito».
