Por primera vez en el país, la Unidad de Información Financiera aplicó una medida sin precedentes para inmovilizar fondos sospechosos de financiar la proliferación de armas catastróficas, alineándose con resoluciones de la ONU y situando a la Argentina a la vanguardia regional en la prevención de este delito.
En un hecho sin antecedentes a nivel nacional, la Unidad de Información Financiera dispuso el congelamiento administrativo de activos vinculados al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La determinación, adoptada durante las últimas horas, surge como consecuencia directa de un decreto publicado esta semana que establece mecanismos estrictos para la identificación y notificación inmediata de operaciones sospechosas.
La Resolución 3/2026 especifica que las entidades financieras, casas de cambio, empresas de transporte de caudales, emisores de medios de pago y proveedores no financieros de crédito, entre otros sujetos obligados, deberán proceder a la inmovilización total de los bienes identificados. Esto implica la prohibición absoluta de disposición, transferencia o manejo de dichos activos, sean estos tangibles o intangibles, físicos o digitales.
El marco jurídico que habilita esta acción se remonta a marzo de 2024, cuando se incorporó al Código Penal la figura del “financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”, en cumplimiento de los compromisos asumidos por la Argentina ante el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Dicho instrumento faculta al Consejo de Seguridad de la ONU a imponer sanciones obligatorias para los Estados miembros cuando se amenaza la paz internacional.
Según lo establecido en la resolución, una vez notificados del congelamiento, los sujetos obligados deben examinar sus bases de datos, reportar operaciones anteriores y posteriores vinculadas a los sancionados, y mantener bloqueados los activos durante todo el período que dure la medida. Asimismo, están obligados a utilizar el Sistema Reporte Orden de Congelamiento y enviar la información correspondiente en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación oficial.
Durante la ejecución de la medida, queda expresamente prohibido informar a clientes o terceros sobre los motivos específicos del bloqueo. Solo se podrá indicar que los bienes se encuentran inmovilizados en virtud de la normativa aplicable. La vigencia del congelamiento se mantendrá mientras las personas o entidades afectadas permanezcan en las listas sancionadas por el Consejo de Seguridad de la ONU, y cualquier solicitud de levantamiento deberá tramitarse ante un juez federal penal competente.
El incumplimiento de estas obligaciones acarreará sanciones severas, que pueden incluir desde multas sustanciales hasta la inhabilitación por cinco años para operar, de acuerdo con la legislación vigente en materia de lavado de activos.
Con esta determinación, Argentina se posiciona a la vanguardia en América Latina en la prevención del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La decisión se basó en información de inteligencia financiera proveniente del exterior, complementada con investigaciones locales, que permitieron reunir evidencias suficientes para justificar la medida cautelar sobre personas físicas residentes en el país.
Desde la Oficina del Presidente se emitió un comunicado en el que se destacó el carácter pionero de esta acción a escala regional y global. El texto, firmado por Javier Milei, subraya que muy pocas jurisdicciones en el mundo han aplicado congelamientos de esta naturaleza desde que el Grupo de Acción Financiera Internacional incorporó este delito entre sus objetivos estratégicos.
“Esta decisión responde a una política clara: concentrar todos los recursos del Estado en la persecución de las finanzas ilícitas vinculadas al crimen organizado, el terrorismo y otras amenazas graves contra el orden institucional”, afirmó el Presidente. De este modo, el Gobierno reafirma su compromiso con la seguridad internacional y la protección del sistema financiero nacional frente a actividades criminales.
