El gobierno consagra la contrarreforma laboral entre el repudio social y advertencias de inconstitucionalidad

El gobierno consagra la contrarreforma laboral entre el repudio social y advertencias de inconstitucionalidad

Con el respaldo de la UCR, el PRO y bloques provinciales, la Cámara de Senadores convirtió en ley un proyecto que modifica estructuralmente el mundo del trabajo. La iniciativa, que elimina derechos fundamentales, fue gestada en un clima de fuerte protesta gremial y con un Congreso blindado por vallas metálicas. El peronismo anticipó una batalla judicial y prometió su derogación futura.

En una jornada teñida por la tensión social y el blindaje del Parlamento, la Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto oficialista que introduce una modificación sustancial en el entramado de las relaciones laborales en la Argentina. La iniciativa, que ya había recibido media sanción en Diputados, se convirtió en ley con 42 adhesiones, 28 rechazos y dos abstenciones, en un escenario donde las fuerzas de seguridad montaron un operativo de vallas para contener la manifestación de numerosos núcleos sindicales que se congregaron en las adyacencias del Congreso para expresar su más enérgico repudio.

La sesión se caracterizó por un oficialismo que optó por un perfil bajo en el uso de la palabra, delegando casi exclusivamente en el bloque libertario la defensa técnica de la norma. En contraste, la oposición protagonizó extensas alocuciones para fundamentar su voto negativo. El jefe de la bancada justicialista, el senador José Mayans, emergió como una de las voces más críticas al calificar la iniciativa como «una ley gorila, concebida por gorilas», y vaticinó que su destino inexorable será el de «derecho a conflicto judicial, porque lo que nace torcido, difícilmente pueda enderezarse».

Uno de los momentos de mayor temperatura política se produjo con el intercambio entre la exministra de Seguridad Patricia Bullrich y el propio Mayans. La titular del bloque libertario intentó cuestionar la recurrencia de medidas de fuerza en el país, afirmando sin demasiada precisión que los paros generales «han dejado de existir» en otras latitudes, lo que generó murmullos y risas en las bancadas opositoras ante la exposición desordenada. Acto seguido, la funcionaria viró su discurso hacia una crítica de los planes sociales y las organizaciones que los gestionan.

Apenas iniciado el debate, el senador Mariano Recalde solicitó formalmente el regreso del proyecto a comisión para un análisis más pormenorizado, una moción que fue rápidamente desestimada por el pleno. Con ese camino allanado, el legislador oficialista Juan Cruz Godoy, en calidad de miembro informante, expuso los lineamientos generales de la propuesta, limitándose a señalar que se aceptaban las correcciones introducidas por la Cámara baja.

Recalde, con una sólida argumentación, sostuvo que las modificaciones provenientes de Diputados resultaban insuficientes para torcer la postura del peronismo, ya que el núcleo central del proyecto permanecía intacto. El senador porteño arremetió contra la metodología legislativa del gobierno, acusándolo de perpetuar la costumbre de presentar textos «ómnibus» de una extensión desmesurada. En ese sentido, describió la norma como «monstruosa», no solo por sus más de doscientos artículos, sino por la profunda alteración que provoca en el universo de derechos preexistentes. Desde su perspectiva de abogado laboralista, denunció un tratamiento exprés que incorporó «modificaciones de último momento» pero que omitió sistemáticamente los cambios sugeridos por la oposición.

El senador fue contundente al señalar que, lejos de robustecer la seguridad jurídica, el texto «conspira abiertamente contra ella». En su alocución, puso el acento en la violación de preceptos constitucionales y del célebre artículo 14 bis, sentenciando que «es una ley que desampara al trabajador por cualquier ángulo que se la analice». Esta situación, advirtió, «viene muy complicada en términos de constitucionalidad y será un semillero de litigios».

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) se erigió como uno de los ejes más cuestionados del debate. Recalde insinuó una estrategia del oficialismo para instalar en la opinión pública la discusión sobre las licencias médicas –finalmente excluidas del texto– con el objetivo de desviar la atención de este mecanismo, al que catalogó sin ambages como «un curro fenomenal». En sintonía, la senadora rionegrina Ana Marks lo rebautizó como el «fondo de asistencia a la timba», argumentando que los ingentes recursos, que calculó en más de cuatro billones de pesos, se desviarían del Estado para «financiar los emprendimientos de los amigos del poder», en una clara analogía con el viejo sistema de las AFJP. Mayans profundizó la crítica al calificarlo de «totalmente inconstitucional», explicando que el Estado se convertiría en cómplice de los despidos al tomar fondos del sistema previsional para sufragar las indemnizaciones empresariales. En una advertencia que resonó con fuerza, Recalde prometió una vigilancia absoluta sobre esos recursos: «En el momento que los toquen, van a terminar presos».

El chaqueño Jorge Capitanich también hizo foco en el FAL, lamentando que se hubiera perdido la oportunidad de debatir un marco normativo para las nuevas realidades del trabajo, surgidas de la innovación tecnológica. «En lugar de eso, estamos subsidiando un aumento en la tasa de desempleo», reflexionó.

La sesión también dejó espacio para las críticas internas. La senadora fueguina Cándida López apuntó directamente contra aquellos legisladores que, habiendo llegado a sus bancas bajo el sello del peronismo, decidieron respaldar la iniciativa gubernamental. «Es inaceptable obtener una representación con los votos de nuestro movimiento y luego consagrar una ley que cercena las conquistas de los trabajadores», aseveró con firmeza.

Marcelo Lewandowski, por su parte, puso el foco en la eliminación de estatutos profesionales, con especial énfasis en el del periodista. El santafesino vinculó esta decisión con la hostilidad manifiesta del gobierno hacia la prensa, mencionando los episodios de represión sufridos por el fotógrafo Pablo Grillo y el camarógrafo Facundo Tedeschini. La ley establece un plazo de 180 días para la derogación de estos marcos regulatorios, que no solo protegen al trabajador de prensa de la explotación, sino que garantizan la libertad de ejercicio de la profesión.

Un nuevo cruce procedimental se desató durante la votación. La presidenta del cuerpo, Victoria Villarruel, invocó el artículo 81 de la Constitución para limitar las opciones de la Cámara: aceptar las modificaciones de Diputados o insistir con la versión original. La bancada peronista reclamó la posibilidad de rechazar ambos textos, una postura que, paradójicamente, encontró eco en Patricia Bullrich, quien en un giro inesperado respaldó el pedido opositor para que pudieran expresar su rechazo, a pesar de lo estipulado por la Carta Magna. Quienes sí acataron la interpretación constitucional fueron los santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano, que optaron por la abstención.

Finalizada la sesión, las redes sociales se encendieron con posturas encontradas. La senadora bonaerense Juliana Di Tullio dejó un mensaje que sonó a promesa de campaña: «Será la primera normativa que derogaremos cuando recuperemos el gobierno. La Argentina no está en venta y los trabajadores no se arrodillan». Por el contrario, el presidente Javier Milei celebró el acontecimiento en su cuenta personal con mayúsculas: «HISTÓRICO. Hemos logrado la modernización laboral», escribió.

Los puntos nodales de la nueva legislación

El texto sancionado introduce una transformación profunda en la dinámica laboral. Una de las modificaciones centrales es la sustitución del pago de horas extraordinarias por un sistema de Banco de Horas, que compensa el tiempo excedente con días de descanso. Asimismo, la facultad para determinar el goce de las vacaciones pasará a ser una potestad exclusiva del empleador.

En materia indemnizatoria, se establece un cambio de paradigma. Para los despidos, ya sean justificados o no, el cálculo se realizará en base al salario básico y la antigüedad, excluyendo conceptos como horas extras o gratificaciones. En caso de desvinculación «sin causa», la indemnización equivaldrá a un mes de sueldo por año trabajado, tomando como referencia la mejor remuneración del último año.

Si bien el polémico artículo que modificaba el régimen de licencias médicas fue retirado, se otorga plena validez a los certificados digitales. Sin embargo, se faculta a la empresa para verificar los diagnósticos y decidir si acepta o no la justificación de la ausencia, pudiendo incluso aplicar sanciones o extinguir el vínculo si no convalida el reposo.

Los derechos sindicales sufren un severo ajuste. Las asambleas de trabajadores en horario laboral requerirán autorización expresa del empleador. Además, se limita drásticamente la protección de los delegados gremiales, que dispondrán de apenas diez horas mensuales pagas para el ejercicio de su función. Las medidas de acción directa, como los bloqueos, serán tipificadas como «infracciones muy graves». El derecho a huelga también se ve cercenado en servicios considerados «esenciales» y «trascendentales», donde se deberán garantizar coberturas mínimas del 75% y 50% respectivamente.

En el plano de la negociación colectiva, se habilita a las empresas a pactar condiciones inferiores a los convenios de rama, desdibujando el piso mínimo de derechos que hasta ahora protegía a los trabajadores de un sector.

Con el argumento de combatir la litigiosidad, se transfiere a la Ciudad de Buenos Aires la competencia en materia laboral, desplazando a la Justicia Nacional del Trabajo, un fuero especializado que tradicionalmente ha reconocido la asimetría entre las partes. Las sentencias judiciales condenatorias podrán ser abonadas por los empleadores en cuotas: hasta doce para las pymes y seis para las grandes empresas.

Por último, los sectores más vulnerabilizados, como el personal doméstico y los peones rurales, también resultan alcanzados. El período de prueba se extiende a seis meses para las trabajadoras de casas particulares y a ocho meses para los trabajadores del campo, un lapso durante el cual el empleador puede despedir sin causa y sin obligación de indemnizar.

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