La magistratura rionegrina convalidó un acuerdo procesal que permitió a la galena Norellys Amaya sortear un juicio por homicidio imprudente, luego de que se le atribuyera la muerte de una pequeña de seis años en un nosocomio de Viedma. La determinación, que incluye una cuantiosa indemnización pecuniaria y la realización de labores solidarias, fue rubricada con el aval de la acusación particular y el ministerio público fiscal.
En el seno del sistema judicial de la provincia de Río Negro se sustanció recientemente un mecanismo de interrupción del proceso penal por vía de la suspensión del juicio a prueba, una figura conocida en el argot jurídico como “probation”, en favor de la doctora Norellys Amaya. La profesional de la salud había sido señalada como responsable, en aquel entonces, del fallecimiento de una niña de seis años, ocurrido por lo que se denominó como “falta de atención adecuada” durante un episodio registrado en junio de 2023 en el Hospital Artémides Zatti, ubicado en la ciudad de Viedma.
Un acuerdo que evitó el debate oral
La audiencia en la que se materializó este entendimiento tuvo lugar el pasado 12 de mayo, y en ella la querella, que representa legalmente a los progenitores de la menor víctima, fue la parte impulsora de la solicitud de probation. Dicha petición se articuló en torno al acontecimiento por el cual la médica había sido originariamente acusada. El acuerdo, una vez aprobado, implicó que el proceso nunca alcanzará la instancia de un debate oral, cerrando así la causa sin que se dicte una condena firme que pueda ser computada en el prontuario de la imputada.
Los pormenores de la imputación inicial
La acusación original sostenía que, en la tarde del 12 de junio de 2023, la facultativa, actuando con impericia, decidió otorgar el alta precoz a la pequeña, pese a que esta presentaba manifiestas pautas de alarma en su cuadro clínico. Se le recriminaba, además, no haber profundizado en la pesquisa de un diagnóstico certero, haber omitido la internación de la paciente y no prescribir un tratamiento con antibióticos. Según la hipótesis fiscal y querellante, esta conducta derivó en la ausencia de una terapéutica apropiada, lo que, apenas horas más tarde, condujo inexorablemente al deceso de la infante.
Trayectoria laboral de la galena durante el proceso
Un dato de relevancia señala que, en octubre de 2023, esto es, cuatro meses después del trágico suceso, la profesional se incorporó al Hospital Regional Río Grande para prestar sus servicios, toda vez que su matrícula profesional nunca sufrió restricción o suspensión como consecuencia de esta causa judicial. Posteriormente, decidió abandonar el ámbito de la salud estatal y, en la actualidad, se desempeña en la esfera privada en la ciudad de Río Grande, en el sur del país.
Detalles de la audiencia y la calificación legal
La comparecencia de la imputada ante la sede judicial se produjo de manera remota, a través de la plataforma Zoom, en el marco de la audiencia donde se oficializó la suspensión del debate. Dicho mecanismo se aplicó respecto del hecho que había sido calificado legalmente como homicidio culposo, atribuido a “un error en el diagnóstico y el tratamiento”. Si bien dicha figura delictiva prevé en abstracto una pena de prisión en suspenso, los intervinientes ponderaron que, en función de la ausencia de antecedentes penales de la acusada, resultaba factible transitar por una solución procesal alternativa al juicio tradicional.
Las pautas de conducta impuestas a la profesional
Tanto la representación querellante como el agente fiscal otorgaron su conformidad expresa para que la galena cumplimentara diversas directrices de comportamiento. Entre ellas, se estableció la fijación de un domicilio cierto en el lugar donde será monitoreada por el Patronato de Presos y Liberados, con una periodicidad no inferior a una vez por mes durante un lapso de dos años. Asimismo, la profesional deberá cursar y acreditar la finalización de un programa de formación en medicina familiar, cuya duración no será menor a doce meses. También se le impuso la realización de doscientas horas de trabajo comunitario, en una institución u organización que defina la autoridad de aplicación. Finalmente, como punto de mayor significación para los damnificados, se ordenó el abono de una reparación económica millonaria en favor de los padres de la menor fallecida.
Cierre del proceso sin mancha penal
La resolución que homologó este acuerdo contó, por supuesto, con el beneplácito de la defensa técnica de la facultativa. A partir de ahora, el procedimiento se concentrará en velar por el escrupuloso cumplimiento de todas las obligaciones convenidas. Una vez que se verifique que la galena ha satisfecho íntegramente cada una de las pautas de conducta durante el plazo estipulado, se decretará el cierre definitivo de este proceso penal, sin que ello deje una condena computable en su legajo, lo que le permitirá mantener incólume su estado civil y su registro de antecedentes.
