La estela judicial de $LIBRA: damnificados exigen a la Cámara su reposición como querellantes y denuncian un “fraude planificado” con la figura de Milei como anzuelo

La estela judicial de $LIBRA: damnificados exigen a la Cámara su reposición como querellantes y denuncian un “fraude planificado” con la figura de Milei como anzuelo

Inversores afectados por el colapso de la criptomoneda promocionada por el Presidente presentaron sendos recursos de apelación ante el tribunal de alzada porteño. En sus escritos, sostienen que la decisión de primera instancia de excluirlos del proceso penal fue prematura y redujo el escándalo a una mera volatilidad bursátil, omitiendo deliberadamente las pruebas que acreditarían una estructura delictiva orquestada desde el poder.

El complejo entramado judicial que envuelve al escándalo financiero de la criptomoneda $LIBRA ha ingresado en una nueva etapa de definiciones críticas, luego de que los inversores perjudicados por el súbito desplome de ese activo digital presentaran formalmente sus impugnaciones ante la Cámara Federal de la Capital Federal. Los afectados, que vieron esfumarse sus ahorros tras la efímera promoción que el jefe de Estado realizara desde sus redes sociales, reclaman ahora con vehemencia que el tribunal de apelaciones revoque el polémico fallo del juzgado federal que los marginó de la pesquisa, restituyéndolos en su legítimo rol de querellantes particulares dentro de la causa que investiga lo que califican como una estafa de dimensiones inusitadas.

Los memoriales presentados por la representación legal de los damnificados, entre los que se destaca el escrito del inversor Martín Romeo patrocinado por el abogado Nicolás Ozsust, no escatiman dureza al calificar la resolución judicial adversa como un acto que cercena el derecho a la tutela efectiva de quienes fueron despojados de su patrimonio. En esas presentaciones, los letrados desarrollan una línea argumental que busca desmontar los fundamentos esgrimidos por el magistrado de primera instancia, quien había sostenido que la exposición de los reclamantes al riesgo cambiario era inherente a la naturaleza especulativa del mercado cripto. Lejos de aceptar esa premisa, los apelantes insisten en que el expediente acumula evidencias suficientes para acreditar la existencia de una “maniobra fraudulenta” meticulosamente planificada, cuyo éxito dependió de un elemento central y perturbador: la utilización de la investidura presidencial como herramienta para infundir una “confianza artificial” entre los ahorristas.

Los abogados querellantes enfatizan en sus recursos que la decisión del juzgado federal de apartarlos de la investigación constituye un error procesal de gravedad, al haber omitido un análisis exhaustivo de las pruebas documentales y periciales que ya obran en la causa. Sostienen que el fallo incurre en una reducción simplista del conflicto al equipararlo con una pérdida coyuntural propia de la alta volatilidad de los criptoactivos, cuando en realidad -argumentan- los elementos objetivos recabados demuestran un comportamiento delictivo previo, coordinado y ejecutado en etapas, que incluyó desde la manipulación de la oferta inicial hasta la difusión de información sesgada sobre el respaldo del proyecto. La presunta participación activa del mandatario, al haber utilizado su altavoz institucional para catapultar la cotización del activo, es presentada por los damnificados como el eje vertebrador del engaño, pues dotó a la operación de una pátina de legitimidad oficial que resultó decisiva para atraer a inversores incautos.

El escenario procesal actual coloca la resolución de estas peticiones en manos de un trío de célebres jueces de la Cámara Federal porteña: Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. Los magistrados deberán dirimir, en los próximos días hábiles, si la exclusión de los querellantes fue ajustada a derecho o si, por el contrario, asiste la razón a los reclamantes cuando denuncian un cercenamiento de su participación activa en el proceso. La decisión que adopte el tribunal de alzada no solo definirá la suerte procesal de los inversores, sino que también incidirá directamente en el rumbo de una investigación que mantiene en vilo a los mercados financieros y al propio ecosistema político, dada la implicancia directa de la primera magistratura del país en el entramado del caso.

En su extenso memorial, la defensa de Martín Romeo, en sintonía con el resto de las presentaciones, subraya que la resolución apelada desatiende la máxima jurídica que obliga al juzgador a no fragmentar artificialmente la secuencia delictiva. Los letrados insisten en que la maniobra no se agota en el momento del desplome bursátil, sino que abarca una cadena de actos preparatorios que evidencian dolo y premeditación. La utilización de la figura presidencial es descripta como el recurso persuasivo más eficaz para generar un clima de seguridad ficticia, desactivando así cualquier alerta razonable que los inversores pudieran haber tenido respecto de la viabilidad y legitimidad del proyecto. Este señalamiento cobra especial relevancia en la argumentación, ya que los apelantes buscan diferenciar tajantemente su situación de la de un especulador común que asume pérdidas en un mercado libre, para encuadrarla en el terreno del engaño activo y la estafa, donde el consentimiento de la víctima se encuentra viciado por el error inducido.

El expediente, que ya acumula testimonios y peritajes informáticos sobre los movimientos de la criptomoneda en sus primeras horas de vida, se encuentra ahora en el centro de una tormenta legal y política. Los camaristas Llorens, Bruglia y Bertuzzi deberán ponderar si la prueba documental presentada por los damnificados alcanza para revertir el criterio restrictivo del juzgado de origen, que había considerado que los afectados no lograban acreditar un daño directo y específico derivado de la conducta de los imputados, sino únicamente una exposición al riesgo financiero. Frente a este panorama, la Cámara se apresta a analizar si existió o no un uso desviado de la credibilidad presidencial para fines particulares, y si ese accionar, de ser probado, constituye el germen de un fraude que merece ser investigado con la participación activa de quienes lo padecieron en carne propia.

Mientras el Palacio de Tribunales aguarda la emisión de los votos de los jueces, los inversores afectados mantienen una expectativa cautelosa, confiando en que la instancia revisora podrá apreciar la magnitud de lo ocurrido más allá de las estrechas líneas argumentales de la resolución recurrida. Los escritos presentados no solo constituyen una herramienta procesal para recuperar su lugar en el proceso, sino que se erigen como un manifiesto contra la impunidad que, a su juicio, podría derivarse de una investigación que excluya a los verdaderos perjudicados de su núcleo activo. La decisión final, cualesquiera sean sus términos, sentará un precedente crucial respecto de los límites de la promoción de activos financieros por parte de funcionarios públicos y la responsabilidad que les cabe en la protección de los ahorristas frente a eventuales tramas especulativas.

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