Justicia argentina frena el avance petrolero británico en Malvinas

Justicia argentina frena el avance petrolero británico en Malvinas

Una magistrada federal de Tierra del Fuego ordenó a las compañías Navitas y Rockhopper suspender de inmediato todas las operaciones del proyecto Sea Lion hasta que se realice una evaluación de impacto ambiental conforme a la normativa argentina

La embestida judicial contra la explotación hidrocarburífera en el archipiélago austral finalmente obtuvo una réplica de peso. El juzgado federal de Río Grande, bajo la titularidad de la jueza Mariel Borruto, dictaminó que las firmas Navitas y Rockhopper cesen de manera inmediata cualquier acto material vinculado al emprendimiento denominado Sea Lion. La resolución, de carácter cautelar, representa el primer revés concreto para los intereses corporativos que, desde hace años, avanzan sobre los recursos naturales de las Islas Malvinas sin someterse a los controles ambientales que exige la legislación continental.

La medida fue motorizada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata, junto a las asociaciones de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas, entidades que vienen denunciando la depredación petrolera en la zona desde hace tiempo. La presentación judicial se concretó apenas setenta y dos horas antes de que el presidente Javier Milei irrumpiera en cadena nacional con un súbito discurso de defensa de la soberanía isleña, lo que añade un matiz político a una causa que ya venía gestándose en los tribunales.

El fallo de Borruto no se limita a una mera exhortación. La prohibición abarca un amplio espectro de actividades: desde la perforación del lecho marino y el subsuelo hasta la colocación permanente de infraestructura sumergida, conductos, líneas de flujo, sistemas de comunicación, inyección o control, así como estructuras de fondeo y unidades flotantes destinadas a la producción, almacenamiento o descarga de hidrocarburos. También quedan alcanzados el inicio de la extracción o explotación comercial y cualquier obra terrestre o portuaria concebida para habilitar o sostener el proyecto.

La magistrada subrayó que la restricción se mantendrá vigente hasta tanto se sustancie el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ante la autoridad competente argentina, o bien hasta que el propio juzgado determine lo contrario. Fuentes judiciales aclararon que se trata de una decisión preliminar, que no resuelve el fondo de la cuestión ni atribuye responsabilidades definitivas a las empresas involucradas, pero que establece un freno concreto a la continuidad operativa del emprendimiento.

La orden judicial constituye un llamado de atención para las corporaciones que, amparadas en la distancia y en la falta de controles efectivos, han venido saqueando los recursos del Atlántico Sur. El fallo no solo protege el medio ambiente de un ecosistema frágil, sino que también reafirma la potestad argentina sobre un territorio cuya soberanía continúa siendo objeto de disputa internacional. La pelota, ahora, queda en el tejado de las compañías, que deberán decidir si acatan la manda judicial o si persisten en una actividad que, por primera vez en mucho tiempo, encuentra un límite tangible en los tribunales de la Nación.

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