Un entramado que involucró a los tres poderes del Estado y a los medios hegemónicos habría sellado el destino de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en una operación que comenzó en 2016 y culminó con una condena confirmada en 2025
La condena contra Cristina Fernández de Kirchner representa, según un análisis crítico del sistema judicial argentino, la operación de guerra jurídica más vasta y prolongada que se haya registrado en el país desde que el concepto comenzara a circular en 2001. En aquel entonces, el general de la aviación estadounidense Charles Dunlap acuñó la noción de lawfare para describir el empleo de la ley como herramienta para alcanzar objetivos que, de otro modo, requerirían el uso de la fuerza militar convencional.
Este proceso contra la exmandataria constituyó un punto de inflexión en materia de hostigamiento a adversarios políticos. Se trató de una bisagra en el ámbito jurídico nacional que se puso en marcha en enero de 2016, durante la gestión de Mauricio Macri, recibió sentencia en 2022 bajo un gobierno de signo nacional y popular encabezado por Alberto Fernández, y fue ratificada en 2025 en el marco de una administración calificada como cuasi dictatorial, la de Javier Milei.
Esa secuencia demostró que ciertos sectores del Poder Judicial, en especial el fuero Federal, operan con una inercia propia que trasciende a quien ocupe el Poder Ejecutivo, aunque en períodos de dictadura o de deteriorado estado de derecho su sincronización con el poder político resulta absoluta.
Para comprender cómo se arriba a un proceso en el que se denuncia, indaga, procesa, juzga y condena a una persona inocente, el análisis propone un recorrido por el contexto en que ese fenómeno se produjo. El antecedente inmediato fue la denuncia de Javier Iguacel en abril de 2016, designado por Macri como Director de Vialidad Nacional en enero de ese año. Con esa presentación se activó una operación sin precedentes de recolección de supuestos arrepentidos con el propósito de incriminar y, eventualmente, condenar a la expresidenta.
Uno de los beneficiados con el rótulo de imputado colaborador fue Leonardo Fariña. En el mismo mes de la denuncia, el 13 de abril de 2016, el Tribunal Oral Federal Número 1 de La Plata dispuso su excarcelación. Fariña estaba a disposición de ese tribunal para juicio oral por delitos de evasión, en un proceso en el que se le había negado la libertad en dos oportunidades y en el que la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado su prisión preventiva el 12 de abril, apenas veinticuatro horas antes de que se lo dejara en libertad.
La figura de este arrepentido resulta paradigmática en el proceso de condena a Cristina Fernández de Kirchner, ya que a la irregular forma de obtener su libertad se suman episodios de alta corrupción, con connivencia explícita entre el Poder Ejecutivo y el Judicial. La nota distintiva es que, a diferencia de la corrupción tradicional, a veces difícil de probar, esos hechos se encuentran documentados en constancias valiosas.
Como muestra, ya en libertad, el 28 de junio de 2016, Fariña se reunió junto a su abogada Giselle Robles con el ministro Garavano en su despacho. Según relató la letrada, el encuentro fue acordado con la intermediación del periodista Luis Majul. Allí, el arrepentido planteó varias exigencias al funcionario, entre ellas mejora de vivienda y prepaga de salud. El ministro accedió al requerimiento y el colaborador pasó a vivir en una exclusiva torre del barrio de Palermo Hollywood, en la ciudad de Buenos Aires. Ello, así como su obra social prepaga, todo abonado con fondos del aludido ministerio.
A partir de allí, respecto del objeto de la maniobra, que eran las declaraciones del testigo protegido, su abogada manifestó ante la justicia que desde la Agencia Federal de Inteligencia lo entrenaban y guionaban sobre lo que tenía que declarar.
El derecho penal tradicional, tanto en su dogmática general como en la particular, cumple una función importante de garantía para evitar arbitrariedades y, al mismo tiempo, es un auxilio indispensable para los magistrados en la tarea de analizar de manera racional la posible existencia de delitos. Sin embargo, pretender racionalidad en épocas de gobiernos autoritarios, más que ingenuidad, puede calificarse como ignorancia. En el caso, es interesante observar que hubo una secuencia de continuidad del lawfare tanto en gobiernos profundamente reaccionarios, como los de Macri y Milei, como en el de Alberto Fernández, defensor de los Derechos Humanos, lo cual demuestra una trascendencia. Es la dimensión del poder real que, como se sabe, es superador de circunstanciales figuras a cargo del Poder Ejecutivo.
Así, en gestiones como la actual, carente de cualquier principio ético o moral, las operaciones mancomunadas entre el ejecutivo, sus representantes legislativos y sus socios, y el sector corrupto del poder judicial, resultan tan evidentes como poderosas.
De lo dicho se desprende que en el caso ya no se trata sólo de encarcelar a un opositor, como Cristina Fernández o Milagro Sala, sino además de beneficiar a algún socio, como Mauricio Macri y su banda. Es una combinación perversa entre el derecho penal del enemigo y el del amigo. Es un verdadero derecho penal opcional donde los tres sectores señalados confluyen con el de los medios hegemónicos construyendo un sentido para esta nueva forma de opresión. Prueba de esto último es que, según declaró judicialmente la abogada de Fariña, como se dijo, la reunión del arrepentido con el ministro Garavano fue intermediada por el periodista Luis Majul.
Así, de acuerdo a la conveniencia en cada caso, se alternarán las reglas de la irracionalidad más bizarra, sancionando al que nada hizo o liberando al que lo hizo todo.
Ante semejante brutalidad, los textos de la dogmática jurídica tradicional parecerían no resultar efectivos. Ello por cuanto, si bien la academia suele contemplar en la formación de los profesionales las más diversas hipótesis y opiniones, ninguna de ellas incluye medidas efectivas ante atropellos en los cuales están involucrados los tres poderes del Estado.
Lo analizado lleva a la conclusión de que Cristina y Milagro presas mientras Macri, como los bestiales libertarios gobernantes, disfrutan y se enriquecen en libertad, conforman un escenario distópico inédito respecto de distintos ámbitos. En el político, de manifiesta disociación e impotencia. En el social, de desamparo, incertidumbre y dolor. Y finalmente, en el judicial, de disciplinamiento con las excepciones del caso.
Sobre este último, la vigencia de un derecho penal opcional significa una excepcionalidad desafiante tanto para los abogados defensores como para los jueces y fiscales que tienen la responsabilidad de decidir. Pero cuando la corrupción se evidencia de una manera tan explícita, es inocultable y la injusticia que arrastra se torna insoportable. Ante ello, el único alivio posible entonces vendrá de parte de aquellos funcionarios que estén dispuestos a hacer valer aquella regla de Ulpiano de dos mil años atrás, que es la de dar a cada uno lo suyo.
