El oficialismo logró aprobar el proyecto que fija la pensión en el 70% del haber mínimo y permite cobrarla junto a un empleo formal, tras intensas negociaciones con la oposición que exige garantías presupuestarias para 2027.
La Cámara de Diputados aprobó durante la noche del miércoles una flamante Ley de Discapacidad impulsada por el Poder Ejecutivo, aunque el texto final incorporó modificaciones sustanciales de último minuto acordadas con los bloques opositores. La iniciativa, que contó con 237 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones, establece que la pensión por discapacidad equivaldrá al 70% del haber mínimo jubilatorio y habilita a los beneficiarios a percibirla de manera simultánea con un trabajo formal. Asimismo, crea un mecanismo de auditorías cruzadas entre organismos y fija un piso presupuestario para el área, por lo que el proyecto girará ahora al Senado en busca de su sanción definitiva.
El dictamen de mayoría, bautizado como «Ley de Fortalecimiento, Sostenibilidad y Eficiencia Permanente del Sistema de Discapacidad», recoge prácticamente la totalidad del esquema de beneficios previsto en la ley 27.793, pero le suprime el carácter de emergencia y transitoriedad que la caracterizaba. A lo largo de la tarde y la noche, referentes de Unión por la Patria mantuvieron conversaciones con La Libertad Avanza para perfeccionar la propuesta oficial, aunque durante sus alocuciones en el recinto advirtieron que aguardan que el Gobierno cumpla con lo pactado y modifique el apartado de Discapacidad del Presupuesto 2027.
» No voy a festejar hasta que vea que el gobierno cambie lo que prometió en el Presupuesto 2027″, sentenció la diputada pampeana Varinia Marín, quien reivindicó a las familias y al colectivo de personas con discapacidad y sostuvo que lo justo habría sido negociar con los involucrados presentes y no con un lobby en el Congreso.
Los ejes centrales de la norma
El proyecto impulsado por el oficialismo sustituye el artículo 9 de la Ley 13.478 y dispone que la pensión por invalidez laboral o discapacidad, siempre que se cuente con el Certificado Único de Discapacidad, equivalga al 70% del haber mínimo del SIPA, con actualización periódica. Además, permite compatibilizar ese beneficio con ingresos provenientes de trabajo registrado o monotributo, en tanto no superen los dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. En caso de exceder ese tope, la prestación se suspende de manera provisoria, sin darse de baja, y el titular puede solicitar su rehabilitación inmediata una vez finalizado el empleo o reducidos los ingresos.
En materia de control, la Secretaría Nacional de Discapacidad fiscalizará de forma permanente los datos de ANSES, ARCA, SINTyS, ReNaPer y otros organismos, y ante inconsistencias podrá suspender el beneficio de manera preventiva con notificación previa, garantizando el derecho a defensa y la posibilidad de pedir la rehabilitación provisoria mientras se revisa el caso. La norma también ratifica el arancel unificado y actualizado del artículo 7 bis de la Ley 24.901, mantiene las contribuciones patronales reducidas para quienes contraten de forma permanente a personas con discapacidad y exige formación obligatoria sobre derechos y trato no discriminatorio para el personal de las entidades del Sistema de Prestaciones Básicas. El artículo 17 deroga toda norma que se oponga al proyecto y, de manera central, no se prorroga la Emergencia Nacional en Discapacidad, que vence el 31 de diciembre de 2026.
Negociación y cambios aceptados
El dictamen oficialista había reunido 42 firmas con el respaldo del PRO, la UCR y otros aliados, mientras que el peronismo, Provincias Unidas y la izquierda sumaron 36 para sostener la prórroga de la emergencia. Para destrabar el debate, La Libertad Avanza negoció con los bloques aliados encabezados por Oscar Herrera Ahuad. Entre las modificaciones que circularon se destaca que quienes cobran otra prestación, como la Asignación Universal por Hijo, no queden excluidos de la pensión, aunque no podrán acumular dos beneficios iguales. También se buscó garantizar la cobertura de prestaciones y medicamentos para los actuales titulares y fijar un cronograma de pago a prestadores, con 30 días para notificar y 90 para cobrar las deudas.
