El tribunal de Casación inhabilitó el camino hacia la Corte Suprema al desestimar los recursos extraordinarios presentados por los abogados de la exmandataria. De esta manera, quedó firme la orden de restituir al Estado un vasto patrimonio que incluye hoteles, complejos residenciales y decenas de inmuebles, valorados en cientos de miles de millones de pesos, en el marco de la histórica condena por corrupción en la obra pública santacruceña.
En un fallo que consolida el rumbo de una de las causas más emblemáticas de la última década, la Cámara Federal de Casación Penal decidió desestimar los planteos extraordinarios presentados por la representación legal de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Con esta determinación, los magistrados no solo apagaron las expectativas del kirchnerismo de elevar el debate a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino que además dejaron en un estado de ejecución irreversible la medida que ordena quitar de su poder un vasto conjunto de propiedades. El tribunal superior de causas penales del país confirmó así el camino allanado para que un total de 111 activos inmobiliarios y empresariales vinculados a la familia Kirchner y al contratista Lázaro Báez retornen a las arcas del patrimonio público.
El pronunciamiento judicial arriba en un contexto jurídico complejo, ya que Cristina Fernández de Kirchner transita el cumplimiento de una pena de doce años de prisión efectiva, dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal Nro. 2. La exjefa de Estado purga actualmente esa condena en su domicilio particular, ubicado en la céntrica calle San José al 1111, desde junio del corriente año. Ahora, sobre ese escenario carcelario doméstico se agrega la certeza de un despojo patrimonial monumental, cuyos detalles habían sido pulidos por la Sala IV de Casación apenas unos meses atrás, en abril pasado.
Fue en esa oportunidad cuando los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña sentaron un precedente crucial al sostener, sin fisuras, que los frutos de origen fraudulento pueden ser confiscados inclusive cuando hubieran sido transferidos a terceras personas o formen parte de una herencia. Aquella resolución inicial ya había desechado los reclamos de la defensa de la exmandataria para suspender la ejecución de su patrimonio, y ahora, al no conceder los recursos extraordinarios, los mismos camaristas evitaron cualquier posible intervención del máximo tribunal. En términos prácticos, se puso en marcha la maquinaria judicial para ejecutar 111 bienes de los sentenciados en la denominada “Causa Vialidad”, cuya tasación oficial alcanza la suma estratosférica de 685 mil millones de pesos.
Lo resuelto por Casación no constituye un mero trámite procesal, sino una reafirmación contundente del alcance expansivo que posee la figura del decomiso en el derecho penal argentino. Los jueces Hornos y Barroetaveña, acompañando el dictamen del fiscal Mario Villar, subrayaron que la recuperación de activos provenientes de ilícitos no representa solo una herramienta opcional para el Estado, sino más bien un deber jurídico ineludible. De esta forma, los magistrados bendijeron el criterio que originariamente había esbozado el Tribunal Oral Federal 2 al emitir el veredicto condenatorio, un cuerpo colegiado que por entonces integraban Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
Aquel tribunal de instancia anterior había establecido una sutil pero polémica distinción, clasificando los bienes en tres grupos conceptuales. El primero de ellos abarcaba los activos pertenecientes a los directamente condenados que se vieron beneficiados por la maniobra delictiva. Un segundo conjunto incluía aquellos elementos afectados con una finalidad reparatoria del daño causado al erario público. Sin embargo, la categoría que generó mayor controversia fue la tercera, referida a los bienes que permanecían en manos de individuos no condenados, un aspecto que las defensas técnicas atacaron con vehemencia durante el proceso.
Los argumentos esgrimidos por los apoderados de la expresidenta y de su grupo familiar se concentraron en señalar lo que consideraban una extensión improcedente de la responsabilidad penal hacia terceros completamente ajenos al expediente. Los letrados objetaron que entre los activos a decomisar figuraban propiedades adquiridas con anterioridad al período en el que se desarrollaron los hechos investigados, así como otros pertenecientes a personas que nunca recibieron una sentencia condenatoria. Sostuvieron asimismo que se incluían bienes de procedencia lícita o desvinculados totalmente del delito de corrupción, lo cual, según su postura, convertiría la medida en una confiscación punitiva prohibida por la Constitución Nacional. Pese a esos reproches, los jueces de Casación rechazaron todas esas impugnaciones, refrendando la tesis del tribunal de juicio: el decomiso no debe circunscribirse únicamente a los objetos directamente ligados al hecho criminal, sino que puede extenderse a otras posesiones cuando exista una conexión razonable con la ganancia espuria obtenida.
La iniciativa de despojar a la familia Kirchner y a Báez de ese colosal patrimonio había sido impulsada originalmente por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes durante el juicio oral detallaron la compleja trama de corrupción en la asignación de obra pública en la provincia de Santa Cruz. Del listado definitivo de 111 propiedades, el grueso pertenece al empresario Lázaro Báez, quien acumula a su nombre unos 80 inmuebles. En el caso específico de la exmandataria, un único bien figura a su título personal: se trata del hotel Los Sauces Casa Patagónica, un establecimiento de lujo ubicado en las inmediaciones de la residencia que los Kirchner poseen en la localidad de El Calafate. Además, a nombre de Cristina Fernández se encuentra un complejo de departamentos edificado en la ciudad de Río Gallegos por las empresas del propio Báez. Los restantes 19 inmuebles están escriturados a nombre de los hijos de la pareja presidencial, Florencia y Máximo Kirchner. Según consta en los registros oficiales, esos 19 predios fueron adquiridos por Néstor Kirchner entre los años 2006 y 2010, es decir, en pleno apogeo del ciclo de gobierno que hoy se encuentra bajo la lupa judicial.
Con la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal, la causa Vialidad ingresa en una nueva fase, aquella en la que el Estado se apresta a tomar posesión efectiva de una fortuna construida sobre los cimientos de la corrupción, mientras la defensa de la condenada ve clausuradas todas las vías ordinarias para revertir el fallo.
