La jueza federal María Eugenia Capuchetti sobreseyó la causa que investigaba al mandatario y a otros altos funcionarios por la habilitación, mediante un decreto de necesidad y urgencia, del ingreso de efectivos de la Marina estadounidense para maniobras militares en la base fueguina, sin la intervención del Congreso. La decisión, apelada por la diputada denunciante, generó un encendido debate sobre los límites de la prerrogativa presidencial en materia de soberanía y cooperación internacional.
En un fallo que ya cosecha profundas controversias en el ámbito político y jurídico, la magistrada a cargo del Juzgado Federal N° 7, María Eugenia Capuchetti, dispuso el cierre definitivo de la investigación penal que pesaba sobre el presidente Javier Milei y varios de sus colaboradores más cercanos, a quienes se les atribuía la comisión del delito de abuso de autoridad. El origen del expediente se remontaba a la instrumentación del Decreto 697/2025, promulgado en el mes de octubre pasado, un instrumento legal que, sin el más mínimo reparo, otorgó el visto bueno para que un contingente de aproximadamente treinta integrantes de la prestigiosa Fuerza de Guerra Especial Naval estadounidense, conocida por sus siglas en inglés como NSW, desembarcara en el suelo patrio con el objeto de desplegar entrenamientos tácticos conjuntos con la Armada argentina en el estratégico puerto de Ushuaia, en el corazón de la provincia de Tierra del Fuego.
Esta operación, bautizada bajo el críptico nombre de «Daga Atlántica», no solo activó todas las alarmas en el arco opositor, sino que también reavivó las inquietudes geopolíticas que rodean al extremo sur del continente. Y es que la base naval fueguina se ha perfilado, en los últimos tiempos, como un punto neurálgico para los intereses de Washington en la región, un pivote destinado a contrarrestar la creciente influencia de la República Popular China en el área, tal como lo han manifestado en reiteradas ocasiones los distintos jefes del Comando Sur de los Estados Unidos durante sus periplos diplomáticos por la provincia austral.
La denuncia, presentada con vehemencia por la diputada nacional Marcela Pagano, quien en otro tiempo militara en las filas de La Libertad Avanza pero que hoy se erige como una férrea crítica del oficialismo, sostenía que la maniobra ejecutiva constituía un flagrante desborde de las atribuciones del Poder Ejecutivo. La legisladora argumentó que la Constitución Nacional es clara al estipular que este tipo de acuerdos de cooperación militar, que involucran la cesión tácita de jurisdicción y la presencia de fuerzas extranjeras en el territorio, deben ser sometidos al escrutinio y la aprobación previa del Congreso de la Nación. Pagano no solo puso el foco en la violación del procedimiento legislativo habitual, sino que también exigió una pesquisa exhaustiva para determinar los pormenores de la negociación subyacente con el Departamento de Estado norteamericano, sospechando la existencia de un posible dolo o contraprestaciones no declaradas, en un contexto donde la Casa Rosada se encontraba inmersa en tensas deliberaciones para obtener un salvataje financiero de veinte mil millones de dólares por parte de la administración del entonces presidente Trump, un auxilio económico que resultó vital para que el mandatario argentino sorteara las dificultades fiscales y arribara con oxígeno a los comicios de medio término.
Sin embargo, al momento de resolver, la titular del juzgado federal optó por una interpretación restrictiva del caso. Antes de que la pesquisa pudiera avanzar hacia instancias más profundas, la fiscal Paloma Ochoa había impulsado el expediente y solicitado ciertas diligencias probatorias, entre las que se contaba un pedido de informes dirigido a la Cámara de Diputados para esclarecer el estado de la cuestión. No obstante, la jueza Capuchetti consideró que tales averiguaciones resultaban ociosas, al estimar que no existía un objeto legal válido que pudiera imputarse al Primer Mandatario. En su resolución, la magistrada fue tajante al señalar que no había materia penal que investigar, ordenando el inmediato archivo de las actuaciones.
El pilar sobre el cual se asienta la decisión de la jueza es la defensa a ultranza de la facultad presidencial para dictar Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). En un fragmento de su escrito que ya ha sido ampliamente replicado en los foros jurídicos, Capuchetti sostuvo que la emisión de un decreto de esta naturaleza no constituye, per se, un acto ajeno al ordenamiento constitucional ni implica una usurpación automática de las prerrogativas del Poder Legislativo. “Se trata de una competencia constitucionalmente reconocida al Presidente de la Nación”, enfatizó la magistrada, cerrando así cualquier resquicio que pudiera habilitar la investigación. Bajo esta óptica, la jueza le restó toda entidad a la denuncia de Pagano, argumentando además que, en caso de que el Congreso se sintiera agraviado por el contenido del decreto, se encuentra en plenas facultades de derogarlo a través de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, un mecanismo de control político que, a su juicio, torna innecesaria la intervención del poder judicial.
La reacción de la diputada Pagano no se hizo esperar. A través de un comunicado, la legisladora calificó la determinación de Capuchetti como “abrupta y prematura”, y denunció una clara vulneración de su derecho a representar legítimamente a los ciudadanos en el debate legislativo, así como un menoscabo a la soberanía nacional. En su rol de querellante, Pagano ya ha formalizado el recurso de apelación ante la Cámara Federal, un movimiento procesal que mantiene el caso en vilo y que obligará a una instancia superior a definir, en los próximos meses, si los argumentos de la jueza de primera instancia se sostienen o si, por el contrario, se ordena reabrir la pesquisa para dilucidar el alcance real de la participación de los efectivos estadounidenses y las motivaciones geopolíticas que impulsaron la firma del polémico decreto. El desenlace de esta disputa no solo definirá la suerte judicial del jefe de Estado, sino que sentará un precedente insoslayable sobre los límites del poder ejecutivo en la era de los DNU y las alianzas estratégicas internacionales.
