La Corte Suprema impulsa un protocolo médico que abre interrogantes sobre el futuro de los represores presos

La Corte Suprema impulsa un protocolo médico que abre interrogantes sobre el futuro de los represores presos

El máximo tribunal firmó una acordada que ordena la creación de un “Protocolo médico sobre el estado de salud de los internos penitenciarios”, en medio de críticas de organismos de derechos humanos que ven en la medida un nuevo intento por beneficiar a condenados por delitos de lesa humanidad, aunque el Gobierno minimiza su alcance.

En un movimiento que despertó resquemores en el arco de los defensores de los derechos humanos, la Corte Suprema de Justicia rubricó recientemente una acordada que establece la elaboración de un protocolo de carácter médico destinado a evaluar las condiciones de salud de las personas privadas de su libertad y la capacidad de los establecimientos penitenciarios para brindarles el tratamiento adecuado. La medida, firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, fue oficializada un viernes, al día siguiente de un encuentro en el que los magistrados coincidieron en la necesidad de avanzar con este instrumento, que en los pasillos judiciales ya genera interpretaciones encontradas.

El documento, identificado como Acordada 21 del corriente año, encomienda al Cuerpo Médico Forense, dependiente del propio tribunal, la confección de un detallado informe que deberá estar terminado en el plazo perentorio de treinta días corridos. Una vez concluido, ese material será distribuido entre los jueces con competencia en causas penales, las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional y la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, con el propósito explícito de unificar criterios a la hora de decidir sobre eventuales beneficios carcelarios, como el arresto domiciliario.

Si bien desde el Gobierno se apresuraron a restarle trascendencia al asunto y lo presentaron como una mera actualización de procedimientos, lo cierto es que la acordada llega en un momento particularmente sensible. Actualmente, menos de ochenta represores condenados o procesados por crímenes contra la humanidad permanecen tras las rejas, entre ellos figuras emblemáticas del terrorismo de Estado como Alfredo Astiz, Jorge “Tigre” Acosta o Christian Federico von Wernich. La gran mayoría de los perpetradores, en cambio, ya goza de arresto domiciliario, lo que reduce el universo de afectados por esta nueva normativa a un porcentaje ínfimo del total de sentenciados.

El texto de la acordada no pasa desapercibido para los observadores atentos. En sus fundamentos, la Corte invoca principios constitucionales que garantizan que las cárceles sean sanas y limpias, concibiendo el encierro como medida de seguridad y no de castigo, y advierte que debe impedirse todo encarnizamiento en las condiciones de detención. Pero es un párrafo en particular el que encendió todas las alarmas: “El motivo del encarcelamiento no puede ser óbice para brindar al reo la atención que necesita, pues lo que está en juego es un principio elemental de humanidad”. Esa frase, leída por algunos sectores como un guiño inequívoco a los defensores de los genocidas, fue interpretada como la llave que podría abrir la puerta de salida a los pocos que aún permanecen confinados.

Guadalupe Godoy, abogada de la Liga Argentina por los Derechos Humanos, fue contundente al señalar que la acordada se inscribe en una línea jurisprudencial ya conocida. “Si fuera otra Corte, podríamos tener otra opinión, pero es ésta, y esa frase denota la real intención de la acordada: lo que no pudieron hacer antes con el 2×1 lo harán ahora”, sentenció la letrada, en alusión al fallo de 2017 que generó una enorme conmoción política y social.

Fuentes judiciales consultadas atribuyen a Rosatti la autoría intelectual y el impulso original del proyecto, que comenzó a circular en los despachos del cuarto piso del palacio de tribunales en marzo pasado, en coincidencia con el cincuentenario del último golpe de Estado y en un contexto de rumores sobre posibles concesiones del Ejecutivo hacia los represores. Incluso hubo un intento fallido de firmar el documento durante la primera semana de junio, pero la iniciativa se postergó hasta ahora, en un nuevo episodio que muchos interpretan como parte de una estrategia más amplia de la mayoría conservadora del tribunal.

En el ámbito de los juzgados federales de Comodoro Py, la percepción es similar. Allí consideran que esta acordada es un eslabón más de una cadena de resoluciones que comenzó con el ya mencionado fallo del 2×1 y continuó con la sentencia sobre la prolongación de las prisiones preventivas en el caso conocido como “Indio” Castillo, dictada en octubre del año pasado. En ambas ocasiones, sin embargo, los tribunales inferiores hicieron oídos sordos a los lineamientos de la Corte, lo que impidió que esos pronunciamientos tuvieran efectos concretos sobre la población carcelaria vinculada a delitos de lesa humanidad. Esta vez, sin embargo, el mecanismo elegido es distinto: en lugar de un fallo, se trata de una acordada de aplicación general, lo que podría sortear la resistencia de los jueces de primera instancia.

El contexto carcelario actual agrega elementos de controversia. Desde la asunción de Javier Milei, el Servicio Penitenciario Federal pasó a depender del Ministerio de Seguridad, y su titular, Patricia Bullrich, decidió concentrar a la mayoría de los detenidos por crímenes contra la humanidad en la Unidad 34 de Campo de Mayo. Según estadísticas oficiales, allí se alojan actualmente cincuenta y ocho reclusos, mientras que otras dieciocho personas se encuentran distribuidas en diferentes unidades del país. En contraste, más de cuatrocientos cuarenta represores disfrutan del arresto domiciliario, lo que significa que más del ochenta y cinco por ciento de los condenados ya se encuentra fuera de las prisiones comunes.

Uno de los argumentos recurrentes del Servicio Penitenciario para justificar la falta de condiciones es la avanzada edad de los internos y las dolencias asociadas a ella. Ese fue el caso, por ejemplo, de Juan Daniel Amelong, señalado como represor y presentado por la vicepresidenta Victoria Villarruel como una víctima del proceso judicial durante el debate preelectoral de 2023. Precisamente, en 2022, la entonces Secretaría de Derechos Humanos de la Nación realizó una inspección en la Unidad 34 y en la Unidad 31 de Ezeiza, y el informe resultante describía instalaciones que contaban con baños adaptados, habitaciones amplias con televisores y aire acondicionado, espacios al aire libre para caminatas, gimnasio e incluso canchas de tenis, lo que contrasta con la imagen de precariedad que suele esgrimirse.

Adriana Taboada, que en aquel momento integraba el cuerpo de peritos de la Secretaría de Derechos Humanos y hoy actúa en representación de otras querellas, subrayó la necesidad de actualizar ese relevamiento para verificar si las condiciones se mantienen o han empeorado. “Veamos si este gobierno reivindicador del genocidio sostuvo o no las condiciones de una unidad donde se garantizaba la salud integral”, planteó con ironía. Además, remarcó que la preocupación de la justicia parece centrarse exclusivamente en las solicitudes de domiciliaria, mientras que no se registran avances en políticas que aborden la naturaleza permanente de los delitos cometidos, como la desaparición forzada de personas, que continúa vigente hasta tanto no se esclarezca el paradero de las víctimas y se restituya su identidad, en particular en lo que respecta a los niños apropiados durante la dictadura.

La acordada, en definitiva, ha vuelto a poner sobre la mesa una tensión irresuelta: la que existe entre el deber del Estado de garantizar condiciones dignas de reclusión y la obligación de no claudicar en el castigo a quienes cometieron las más atroces violaciones a los derechos humanos. Mientras la Corte sostiene que su iniciativa no busca más que uniformar criterios médicos, los organismos de derechos humanos y los jueces con sensibilidad social advierten que el fantasma de la impunidad vuelve a rondar los estrados judiciales. Lo cierto es que, en un mes, cuando el protocolo esté listo, el país sabrá si esta herramienta se convierte en un salvoconducto para los últimos represores tras las rejas o si, por el contrario, queda en un mero ejercicio burocrático sin efectos prácticos, como ocurrió con anteriores intentos de la misma mayoría judicial.

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